.


DNP: Dirección de Desarrollo Social
Ministerio de Cultura

Versión aprobada

Bogotá, D.C., Diciembre 4 de 2002

 

INTRODUCCIÓN

Este documento somete a consideración del Consejo Nacional para la Política Económica y Social –Conpes– las líneas generales de una política encaminada a brindar apoyo decidido y permanente a la música sinfónica en Colombia. En particular, se busca el mejoramiento de la formación, participación y divulgación en el campo de la música sinfónica a nivel nacional.

I ANTECEDENTES

En las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, “Hacia un Estado Comunitario”, el Gobierno Nacional afirmó su compromiso con el fortalecimiento de la cultura para la construcción de Nación y ciudadanía. 1 Así, el Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas Públicas y el Plan Nacional de Música para la Convivencia deben concebirse como instrumentos para la integración nacional y la promoción de tolerancia. En particular, El Plan Nacional de Música para la Convivencia surge con el fin de “contribuir al desarrollo social de las comunidades... y a la construcción de proyectos colectivos en torno a esta expresión artística” 2.

A pesar de que Colombia es uno de los países con mayor número de expresiones musicales en Latinoamérica, todavía existen grandes deficiencias en formación calificada y en la distribución de los estímulos económicos que provee el Estado. Por ello, un proyecto cultural que pretenda llegar a más colombianos en las zonas apartadas, a más niños en municipios afectados por la violencia y a más interpretes y espectadores tendría que contar con el concurso del Gobierno Nacional, de la comunidad internacional, la academia, las universidades y demás actores interesados en abrir nuevos espacios de encuentro con la música.

Este documento presenta una serie de políticas generales encaminadas a brindar apoyo decidido y permanente a la música de orquestas y bandas sinfónicas. El objetivo primordial es cultivar el interés de la ciudadanía –tanto de los interpretes como del público en general– hacia la música sinfónica. La música clásica (para usar la denominación corriente) no debe ser un privilegio exclusivo de unos pocos habitantes de las grandes ciudades. De allí la relevancia de implementar una nueva política que, a partir del espíritu abierto y pluralista del Plan Nacional de Música para la Convivencia, conduzca a la participación de más colombianos en la interpretación y deleite de las manifestaciones musicales universales.

II JUSTIFICACIÓN

El diseño de la política de mejoramiento de la formación, participación y divulgación en el campo de la música sinfónica está fundamentado en las siguientes razones:

 

1. La necesidad de promover esquemas y programas exitosos que se han desarrollado en universidades y centros de formación de las distintas regiones, ciudades y municipios del país. La promoción pretende no sólo propiciar la interacción entre músicos, directores y expertos, sino también fomentar la creación de cooperativas y microempresas musicales, y la investigación, promoción y difusión del patrimonio cultural colombiano.

2. La necesidad de incentivar el papel formativo y académico de las agrupaciones de tipo sinfónico. Estas agrupaciones deben ser parte integral de las iniciativas que, de manera conjunta con otras entidades públicas y privadas, viene desarrollando el Ministerio de Cultura a través de la Red Nacional de Orquestas Infantiles y Juveniles (Batuta) y los programas nacionales de coros, bandas de vientos y escuelas de música tradicional, entre otras.

3. El debilitamiento institucional de la Orquesta Sinfónica de Colombia y la Banda Sinfónica Nacional y las dificultades que éstas enfrentan para el cumplimiento de su función social. Dentro de estas dificultades cabe destacar las siguientes:

 

a) Ni la Orquesta ni la Banda tienen presencia regional a pesar de los ingentes recursos dedicados a su financiamiento. Esta circunstancia las ha convertido en un privilegio de Bogotá y sus ciudades y municipios aledaños.

Durante 2002, 30% del total de los gastos de personal del Ministerio de Cultura (aproximadamente 5.200 millones de pesos) se dedicaron al sostenimiento de la Orquesta Sinfónica de Colombia y la Banda Sinfónica Nacional. En 2003, el sostenimiento de la Orquesta Sinfónica de Colombia y la Banda Sinfónica Nacional costará alrededor de 5.700 millones de pesos sin incluir los pagos de horas extras y la contratación de directores y solistas, entre otros costos no previstos.

Según el documento Conpes 3191, la Nación invirtió 3.600 millones de pesos entre 1997 y 2002 en el Plan Nacional de Bandas: aproximadamente ocho millones de pesos por municipio atendido 3. En resumen, los municipios colombianos recibieron en el último lustro menos recursos que los asignados a la Orquesta Sinfónica de Colombia y la Banda Sinfónica Nacional en un solo año. Igualmente, sólo nueve proyectos de música sinfónica fueron financiados a través del Programa Nacional de Concertación y Estímulos del Ministerio de Cultura durante los años 2001 y 2002. Los recursos destinados a financiar estos proyectos cubrieron únicamente entre 15% y 20% de las propuestas presentadas por las diferentes agrupaciones. Los recursos totales no superaron, en ningún año, los mil millones de pesos.

De otro lado, en Colombia existen aproximadamente 897 bandas en 713 municipios. El movimiento de bandas infantiles involucra cerca de 21.000 niños y jóvenes. La música sinfónica tiene en esta población un gran potencial hacia el futuro. De allí, la importancia de canalizar recursos hacia proyectos pedagógicos y formativos.

b) La carencia de proyectos de divulgación, promoción y educación con alcance nacional y la baja participación de directores, solistas nacionales y extranjeros e instrumentistas invitados.

c) La inexistencia de un proyecto musical de largo plazo con etapas y metas definidas, con procesos de seguimiento y evaluación orientados tanto al desempeño de los músicos como a los logros integrales de las agrupaciones de tipo sinfónico.

En síntesis, los aspectos mencionados hacen necesaria la revisión de la estructura y financiación de la Orquesta y la Banda sinfónica, su consecuente transformación y la adopción de medidas conducentes a un mejor aprovechamiento de los recursos del Ministerio de Cultura.

III BASES PARA DEFINIR LA ACCIÓN DEL GOBIERNO: LINEAMIENTOS DE UNA POLÍTICA DE APOYO Y ESTÍMULO A LA MÚSICA SINFÓNICA

Los propósitos generales de las nuevas políticas son tres: (i) maximizar el impacto de los recursos, (ii) lograr una distribución regional más equitativa y (iii) asignar los recursos con criterios meritocráticos y transparentes. En este contexto, las líneas de acción y las políticas propuestas por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura se centrarán en:

 

1. Brindar apoyo financiero a agrupaciones musicales, bandas u orquestas, de tipo sinfónico que estén asociadas a procesos de formación y capacitación, y se encuentren vinculadas a instituciones académicas, según sus méritos y logros.

2. Destinar recursos (y, en última instancia, constituir un fondo especial) para la financiación de agrupaciones musicales de tipo sinfónico escogidas según sus méritos y logros.

3. Creación de una agrupación de carácter nacional que convoque, mediante un esquema de méritos y excelencia académica, a los mejores músicos profesionales y directores del país. La agrupación tendrá por objeto la difusión de la cultura musical en general mediante el estudio, montaje y presentación de conciertos de música del repertorio nacional y universal con fines profesionales, docentes y educativos. Igualmente, la agrupación adelantará actividades pedagógicas, producciones artísticas, discográficas y programación de tipo radial o televisivo y promoverá el intercambio de músicos, directores, solistas, composiciones e investigaciones entre centros educativos y artísticos del ámbito nacional e internacional con base en convenios interinstitucionales. Esta agrupación liderará programas de alto impacto social en la divulgación y formación en el género sinfónico.

El Ministerio de Cultura será el encargado de fijar los criterios básicos de selección de sus integrantes, el cronograma y contenido de sus funciones y actividades, y el régimen jurídico aplicable para su funcionamiento y financiación. Para la creación de esta agrupación, el Ministerio de Cultura tendrá en cuenta lo dispuesto en los artículos 95 y 96 de la Ley 489 de 1998 en lo referente a las asociaciones entre entidades públicas y la constitución de asociaciones y fundaciones para el cumplimiento de las actividades propias de las entidades públicas con participación de particulares.

4. Puesta en marcha de procesos de capacitación y entrenamiento de músicos y directores. En particular se hará énfasis en la cofinanciación de intercambios internacionales (que permitan el acceso a créditos y becas), la realización de seminarios (convocados por el Ministerio de Cultura o por las entidades académicas asociadas a las agrupaciones musicales), y la participación de comisiones, dentro del territorio nacional y en el exterior, para atender invitaciones de otras orquestas.

5. Promoción de agrupaciones musicales de carácter sinfónico en los ámbitos regional, departamental y municipal con el propósito de realizar giras, conciertos didácticos y funciones especiales dentro y fuera del país. El Ministerio de Cultura será el encargado de definir los criterios de selección de las agrupaciones con base en convocatorias que atiendan la trayectoria, naturaleza, origen y méritos musicales de las agrupaciones participantes.

6. Adquisición de instrumentos musicales, materiales afines, partituras, software y demás herramientas necesarias para el desarrollo creativo de la actividad musical.

7. El sistema de méritos y resultados que se empleará en la asignación de los recursos tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

 

a) La voluntad asociativa de los músicos y directores integrados a proyectos pedagógicos. Los proyectos pedagógicos deberán estar vinculados a procesos de formación permanente y comprometidos con la formación de nuevas generaciones. En suma, los músicos que no dejen de aprender y de enseñar tendrán prioridad.

b) Los méritos de músicos y directores. La conformación de la agrupación nacional tendrá en cuenta los talentos, la competencia y la versatilidad de los interpretes.

IV RECOMENDACIONES

El Ministerio de Cultura y el Departamento Nacional de Planeación –DNP– recomiendan al CONPES:

 

1. Aprobar los lineamientos de política del presente documento.

2. Solicitar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio de Cultura destinar durante todo el cuatrenio, los recursos que actualmente reciben tanto la Orquesta Sinfónica de Colombia como la Banda Sinfónica Nacional a la financiación de las actividades propias de las agrupaciones musicales de tipo sinfónico.

3. Solicitar al Ministerio de Cultura la elaboración e implementación de un sistema de control y seguimiento para los proyectos financiados a través de dichos recursos.

4. Solicitar al Ministerio de Cultura

a) La elaboración de un estudio para la reestructuración de la planta de trabajadores oficiales que componen la Orquesta Sinfónica de Colombia y la Banda Sinfónica Nacional y la implantación de un nuevo esquema jurídico que permita la conformación de una agrupación de esta misma naturaleza que convoque a los músicos y directores que por sus méritos profesionales y su excelencia académica merecen formar parte de la primera institución sinfónica del país.

b) Concurrir con las entidades de naturaleza pública, privada o mixta, y las autoridades departamentales, municipales y académicas, al diseño de unas políticas concertadas que potencien la eficiente asignación de los recursos y el desarrollo de proyectos.


1 En la página 68 el documento establece que “La cultura está presente en todos nuestros actos, enriquece nuestros derechos políticos, sociales, económicos y es base para estimular y desarrollar la convivencia. Los procesos culturales revelan los modos como los pueblos viven juntos, las maneras como estos construyen sus memorias, elaboran productos y establecen lazos de confianza que posibilitan el funcionamiento de las sociedades”

2 Ibíd., p. 71.

3 Documento Conpes 3191, “Fortalecimiento del Programa Nacional de Bandas de Vientos,” Departamento de Planeación Nacional, 25 de julio de 2002, p. 30.

Subir

.